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Día del Influencer: ¿Hay algún salmantino que cumpla la normativa de la nueva Ley?
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DÍA MUNDIAL

Día del Influencer: ¿Hay algún salmantino que cumpla la normativa de la nueva Ley?

Actualizado 30/01/2025 08:20

El Gobierno aprobó en 2024 un reglamento con el objetivo de regular su actividad en dos ámbitos esenciales: la protección al menor y la difusión de contenidos

Según la Real Academia Española (RAE) la palabra 'influencer' es un anglicismo usado en referencia a una persona con capacidad para influir sobre otras, principalmente a través de las redes sociales.

Cada 30 de enero se celebra su día mundial, el de “alguien capaz de concitar atención y afectar a las decisiones de otros debido a su autoridad, conocimiento, posición o relación con su audiencia”. Tiene seguidores en un nicho determinado, con quienes interactúa activamente.

Para controlar el auge de estos creadores de contenidos en los últimos años, la difusión de contenidos y publicidad de tipo, el Gobierno aprobó en 2024 un reglamento , la Ley del Influencer, con el objetivo de regular su actividad en dos ámbitos esenciales: la protección al menor y la difusión de contenidos publicitarios en coherencia con las normas europeas dictadas en los últimos años. Dicha norma define a estos usuarios de especial relevancia y regula su actividad, obligándoles, entre otros aspectos, a identificar de forma expresa la publicidad y a etiquetar el contenido por edades.

Para ser considerado como tal, se deben cumplir los siguientes requisitos:

  • Los ingresos. Estos tendrán que ser iguales o superiores a 300.000 euros, y derivar exclusivamente de la actividad de los usuarios en el conjunto de servicios de intercambio de vídeos a través de plataforma que empleen
  • La audiencia. Concretamente, será considerado como usuario de especial relevancia aquel que tenga un número de seguidores igual o superior a 1.000.000 en un único servicio de intercambio de vídeos a través de plataforma; o un número de seguidores igual o superior a 2.000.000 de forma agregada en el conjunto de plataformas en las que desarrolle su actividad.
  • Por último, se deberá haber publicado o compartido un número de vídeos igual o superior a 24 en el año natural anterior, con independencia de su duración.

En Salamanca año hay ninguna persona que cumple todos los requisitos para acogerse a esta nueva Ley. No obstante, hay charros y charras que cuentan entre sus followers con un gran número de seguidores.

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